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Airsoft en el BOE . Ya somos legales.

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Mensaje  Freeman Lun Ene 07 2013, 18:05

Ya somos legales....... Rolling Eyes ...que no nos pase ná..... Very Happy

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DEL INTERIOR

153

Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.

cve: BOE-A-2013-153

Las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball se vienen desarrollando en el territorio nacional desde hace aproximadamente dos décadas, con un considerable auge en los últimos años, que ha llevado a su difusión a lo largo de toda la geografía española, en paralelo a un crecimiento y desarrollo internacional de las modalidades de juego y de las armas a utilizar.

En las citadas actividades se emplean armas que mediante muelle, resorte, aire o gas comprimido con una energía cinética en boca no superior a los 3,5 ó 16 julios, según los casos, disparan material a base de polímeros biodegradables. Algunos de estos proyectiles pueden contener líquidos o geles en su interior.

Si bien determinadas armas utilizadas en las señaladas actividades presentan idénticas características a aquéllas de la 4.ª categoría del artículo 3 del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, y, por tanto, están clasificadas como tales, no sucede así con las que disponen de un sistema de disparo automático o son accionadas por muelle o resorte. Éstas últimas no se hallan comprendidas específicamente en ninguna de las categorías del citado artículo.

El apartado a) de la Disposición Final Tercera del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, habilita a que mediante Órdenes del Ministro del Interior, dictadas a propuesta de la Dirección General de la Guardia Civil, previo informe favorable de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se podrá determinar, entre los regímenes comprendidos en el Reglamento de Armas, el aplicable a las armas no comprendidas específicamente en ninguna de las categorías configuradas en su artículo 3.

La presente Orden se dicta con el fin de determinar el régimen del Reglamento de Armas aplicable a ciertas armas que se utilizan en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.

Durante la tramitación de la misma se ha sustanciado el trámite de audiencia previsto en el párrafo c) del apartado primero del artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, habiendo sido informada favorablemente por la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

En su virtud, de conformidad con el apartado a) de la disposición final tercera del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, dispongo:

Artículo 1.


Armas lúdico-deportivas.


1. Se entenderá por arma de uso lúdico-deportivo aquella arma accionada por muelle, resorte, aire o gas comprimido, de ánima lisa o rayada, que dispara proyectiles de material a base de polímeros biodegradables, que pueden contener o no líquidos o geles en su interior, los cuales deberán cumplir con la normativa medioambiental.

2. En función del proyectil que disparen las armas de uso lúdico-deportivo, se distingue entre armas denominadas de «airsoft» y armas denominadas de «paintball».

a) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «airsoft» tendrá un peso no superior a 0,45 gramos, su diámetro máximo será de 8 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 3,5 julios.

b) El proyectil de las armas lúdico-deportivas denominadas de «paintball» contendrá líquidos o geles en su interior, y su peso no podrá superar 4 gramos, su diámetro máximo será de 18 milímetros y la energía cinética en boca no será superior a 16 julios.


cve: BOE-A-2013-153

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 5 Sábado 5 de enero de 2013 Sec. I. Pág. 697

http://www.boe.es/

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

Artículo 2. Armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático o estén accionadas por muelle o resorte.



1. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas cuyo sistema de disparo es automático será el establecido en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, para la categoría 4.1 de su artículo 3.

2. El régimen aplicable a las armas lúdico-deportivas que estén accionadas por muelle o resorte será el establecido en el Reglamento de Armas para la categoría 4.2 de su artículo 3.

Disposición final primera.

Título competencial.

Esta Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas prevista en el artículo 149.1.26.ª de la Constitución.

Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 27 de diciembre de 2012.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.


-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Hoy me e pasado por el ayuntamiento y a la Guardia Civil a informarme (aun en dia de fiesta habia gente ), y no tenían ni idea, ya que no les llegó ninguna notificación asi que imagínaros de momento como está el asunto.

Una vez hablado el tema con ambos, esto es lo que quedo claro:

Ahora las réplicas ya no se consideran como tal. Son armas de categoría 4.1 o 4.2 por lo que para tenerlas, transportarlas y usarlas hay que registrarlas y obtener una tarjeta de armas.

Para registrarlas se deben llevar al ayuntamiento donde se este empadronado, con la siguiente documentación:

- Impreso de Solicitud General del Ayuntamiento
- Tarjetas de Arma (amarilla y blanca)
- Factura de compra del arma y su fotocopia compulsada
- Fotocopia de DNI

En cuanto al transporte de las mismas me remito a la ley:
ARTICULO 67.3. Se exceptúan del régimen de autorización los casos de tránsito de hasta dos armas de las categorías 2, 3, 4, 6 y 7, que transporten consigo, desmontadas, en su caso, y dentro de sus cajas o fundas sus propietarios.

Segun este articulo podremos transportar sin autorizacion previa, no mas de dos armas, desde el lugar donde guardamos las armas (hogar, local,etc) hasta el lugar de juego.

En cuanto a posibles tasas a cobrar por parte de los ayuntamientos, como mucho pondrán tasa para hacer todo el papeleo administrativo de la tarjeta de armas (De 5 a 20€ por la tarjeta en la que se pueden registrar hasta 6 réplicas).

Para organizar partidas en el terreno de juego de cada equipo sea una finca privada o pública se necesitará lo siguiente:

-Permiso del Ayuntamiento de que se puede hacer la actividad sea el campo público o privado.
-Avisar a la Guardia Civil 15 días antes de la organización de una partida de que se va a organizar.

De momento esto es todo, si surge algo mas ya os contare.Imagino que no todos los ayuntamientos funcionaran igual, aunque deberian.

Asi que ahora todo el mundo a buscar facturas y el que no las tenga a pedirlas a las tiendas donde se compraron las replicas.....UUUHHPPSSS......las Armas Ludico Leportivas. Shocked

Yo por suerte, soy de guardar todo por si acaso. Wink
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Mensaje  James.K Vie Ene 18 2013, 02:25

a ver como pido yo la factura de la M4 que se la compre a un tio y no me dio la factura...cawen...
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Mensaje  Dreis Sáb Ene 19 2013, 03:21

Yo tengo un par de facturas...algo es algo.

Gracias por la info Freeman.
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Mensaje  nachoc25 Sáb Ene 19 2013, 17:35

Según que ayuntamientos, piden o no factura. En otros sirve con un contrato de compra-venta entre particulares (vamos, entre nosotros mismos). Y otra cosa, de momento NO saquéis todavía la tarjeta de armas!! Los números de serie que traen las réplicas no son homologadosy la Guardia Civíl lo sabe. De momento conviene esperar
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Mensaje  Dreis Miér Ene 23 2013, 22:47

nachoc25 escribió:Según que ayuntamientos, piden o no factura. En otros sirve con un contrato de compra-venta entre particulares (vamos, entre nosotros mismos). Y otra cosa, de momento NO saquéis todavía la tarjeta de armas!! Los números de serie que traen las réplicas no son homologadosy la Guardia Civíl lo sabe. De momento conviene esperar

¿qué problema hay con los números de serie Nacho? lo que yo tenía entendido era que en el caso de muchas réplicas es un problema esto, porque directamente NO tienen número de serie, pero las que sí tienen no pensaba que pudiera haber algun contratiempo.
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Mensaje  nachoc25 Jue Ene 24 2013, 08:47

Exacatamente no lo sé, Dreis. Yo lo sé por medio de un compi de equipo que está metido es esos mundos. Me imagino, según he leído por ahí, que van a tener que llevar una numeración espécifica. Ésto es lo que he leído:
Sobre los números a poner y su punzamiento hay esto: Básicamente es que las "armas de airsoft" estan integradas en la 4ª categoría y por tanto deben llevar una numeración correlativa, que deberá realizar un armero autorizado y éste a su vez deberá pedir el numero al ICAE.


Exactamente pone(en verde lo importante):


"Según establece el articulo 28.1 del vigente Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, las armas de AIR SOFT que se encuentran incluidas en la 4ª categoria estan obligadas a llevar numeración correlativa.

Del mismo modo, el apartado 7 del Real Decreto 970/2011, de 8 de julio, por el que se modifica el texto legal referido en el parrafo anterior, cita textualmente:

"Se modifica el articulo 28 del Reglamento de Armas de las categorias 3ª.3 4ª y 7ª.1.2.3 y 6"

Algunas de estas armas carecen de numeración, por lo que, con el fin de unificar criterios, se imparten las siguientes instrucciones:

La numeración de las mismas se realizará por un armero autorizado, debiendo cumplirse los siguientes condicionantes:

1.- El armero deberá solicitar de la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Dirección General de la Policia y de la Guardia Civil (ámbito Guardia Civil), en lo sucesivo ICAE, asignación de número para realizar tal actividad.
2.- La numeración de las armas estará compuesta por grupos, separados entre si por guiones: Un primero grupo de cuatro digitos (correspondientes al número asignado a cada armero por la ICAE. Un segundo grupo de dos digitos (correspondientes a las dos ultimas cifras del año de numeración). El tercer grupo número secuencial de cada arma numerada (comenzando cada año por el número 1). A continuación de los digitos señalados iran las letras AS (abreviatura de Air Soft).
3.- Una vez realizada la numeración el armero deberá comunicar a la intervención de armas y Explosivos correspondiente a su demarcación, la numeración de las armas y el propietario de las mismas, grabando estos datos en el Sistema de Gestión de Armas.
4.- Por último, el armero deberá llevar un registro documental en el que quede constancia de la numeración, fecha de la misma, datos del colicitante y del arma."

Por tanto, el numerito quedaria algo parecido a esto 0001-13-1-AS

Por eso creo que los número de serie de las réplicas no van a servir. En cuanto sepa algo más, os voy contando.
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Mensaje  Freeman Jue Ene 24 2013, 11:28

Aun esta todo muy liado, la mayoria de ayuntamientos, sobre todo los pequeños, aun ni saben que existe esta nueva normativa.Muchos cuarteles de la guardia civil en el tema de intervención de armas, estan igual.
Habra que dejar que vaya pasando el tiempo ya que hay por los foros tal lio de opiniones que cualquiera se fia.

En mi caso y para evitar sustos, estoy en contacto con mi ayuntamiento e intervención de armas de la GC para que me vayan poniendo al dia y si tengo que registras o no, y de que manera, que me lo indiquen ellos que son los que controlan.

En teoria y segun la ley, al ser ahora armas de 4ª categoria, deberian de llevar un numero de serie de 6 numeros.
Pero como ya sabeis, ¿ que pasa con las que no tiene, o las que lo llevan pero de fabrica han puesto el mismo Nº a todas las que fabricaron?.

Como digo, lo mas sensato es hacer las cosas por ti mismo y bien informado en ayuntamientos o GC, y no hacer caso a lo que se va poniendo en los foros, que he leido autenticas barbaridades de la peña que opina sin tener ni idea. Rolling Eyes
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Mensaje  nachoc25 Jue Ene 24 2013, 11:32

Freeman escribió:Aun esta todo muy liado, la mayoria de ayuntamientos, sobre todo los pequeños, aun ni saben que existe esta nueva normativa.Muchos cuarteles de la guardia civil en el tema de intervención de armas, estan igual.
Habra que dejar que vaya pasando el tiempo ya que hay por los foros tal lio de opiniones que cualquiera se fia.

En mi caso y para evitar sustos, estoy en contacto con mi ayuntamiento e intervención de armas de la GC para que me vayan poniendo al dia y si tengo que registras o no, y de que manera, que me lo indiquen ellos que son los que controlan.

En teoria y segun la ley, al ser ahora armas de 4ª categoria, deberian de llevar un numero de serie de 6 numeros.
Pero como ya sabeis, ¿ que pasa con las que no tiene, o las que lo llevan pero de fabrica han puesto el mismo Nº a todas las que fabricaron?.

Como digo, lo mas sensato es hacer las cosas por ti mismo y bien informado en ayuntamientos o GC, y no hacer caso a lo que se va poniendo en los foros, que he leido autenticas barbaridades de la peña que opina sin tener ni idea. Rolling Eyes

+1.

Yo de momento, y reconozco que mal hecho por mi parte, aún no he hecho nada hasta que se aclare todo un poco más. Quizás, y sólo digo quizás, lo más sensato sería sacar en el ayto la tarjeta de armas por si te paran, al menos que vean que estamos intentando hacer las cosas medio bien. Eso y el certificado de penales, que por 3€ no se nos cae el mundo encima.
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Mensaje  Dreis Jue Ene 24 2013, 19:00

Eso y el certificado de penales, que por 3€ no se nos cae el mundo encima.

Eso suena interesante Nacho, al menos un documento más que aportar ¿dónde se puede conseguir?
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Mensaje  nachoc25 Jue Ene 24 2013, 19:08

Ministerio de Justicia
c/ San Bernardo, 45, bajo. Entrada por la c/ Manzana, 2

En t´ol centro de Madrid. Pregunta en tu ayto por si acaso te pueden tramitar algo
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Mensaje  Dreis Jue Ene 24 2013, 19:15

Gracias compi
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Mensaje  nachoc25 Vie Ene 25 2013, 13:27

Bueno, os expongo cual sería mi caso, que acabo de hablar con el Ayto. de San Sebastián de los Reyes:

Para sacar la tarjeta de armas, me piden:
- Fotocopia del DNI
- Empadronamiento
- Certificado de penales
- Factura de compra o declaración jurada (en caso de no tener factura)
- Pago de las tasas (60€ por una tarjeta para 6 réplicas)

Las réplicas tienen que estar numeradas. En caso de no estarlas (con un número legal, NO el nro. de serie de Marui, por ejemplo) hay que ir a troquelarlas a una armeria autorizada, en el que te graban un número de serie dado por Intervención de Armas de la GC. He hablado con SOldiers, que la tengo al lado del trabajo y son autorizados. Sólo pueden grabar en réplicas de metal, no tienen máquina para plástico. Aún no saben lo que van a cobrar, pero le calculan unos 25€/réplica.

Para poder obtener la tarjeta, evidentemente hay que hacer antes los troqueles, me ha dicho el policía local que no pueden registrar una cacharra en la tarjeta sin número.

ASí que en mi caso sería más o menos:

- Tarjeta de armas - 60€
- Certificado penales - 3€
- Troquel M14 - 25€
- Troquel M4 - 25€
- Troquel G36C - 25€
- Troquel P229 - 25€
--------
TOTAL - 163€

Pues eso, un sacacuartos más. Pero es lo que va a tocar.

Saludos.
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Mensaje  James.K Vie Ene 25 2013, 14:39

joder... bueno, es una inversión inevitable.
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Mensaje  Dreis Vie Ene 25 2013, 18:37

Joe pues si que nos sale cara la broma, habrá que ir poco a poco con las réplicas...
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Mensaje  Dreis Miér Ene 30 2013, 06:31

Tengo una duda, en caso de no tener una factura ¿creeis que pudiera valer con el ticket de compra? Surprised
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Mensaje  nachoc25 Miér Ene 30 2013, 08:22

Dreis escribió:Tengo una duda, en caso de no tener una factura ¿creeis que pudiera valer con el ticket de compra? Surprised

No tengo ni idea, me imagino que si. De todas maneras, con una declaración jurada que hagas tu en casa, diciendo que ésa réplica (marca, modelo, calibre) es tuya desde xx-xx-xxxx, les sirve perfectamente.
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Mensaje  Dreis Miér Ene 30 2013, 08:52

Perfecto, pues con los dos por si se ponen mojigatos bounce

Modelo standard por aqui...
http://www.cuadernalia.net/modelo-de-declaracion-jurada
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Mensaje  nachoc25 Jue Feb 07 2013, 17:36

Gracias por el link, Dreis!
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Mensaje  James.K Dom Feb 10 2013, 18:17

ostras!! menos mal, eso q nos ahorramos. Gracias a ambos, Nacho y Dreis!!
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Mensaje  nachoc25 Mar Feb 19 2013, 08:43

¿Cómo lleváis los trámites? ¿Habéis hecho algo?

Yo empecé ayer. Llevé el M4 a Metal Airsoft (que a su vez la lleva a una armería autorizada) a sacar el número de registro. Hoy o mañana me la devuelven. Hoy también me acerco al Ministerio de Justicia a por el certificado de penales y de ahí, ya mañana al ayto a por la tarjetita. De momento, voy a ir metiéndolas poco a poco, que de golpe es mucha pasta.

Una cosa, preguntad bien en vuestro ayto si para meterlas en la tarjeta les sirve el nro de serie junto a la factura (si tenéis) de las réplicas. En Sanse me ha dicho la policía local que NO, que tiene ser el nro que nos dé el armero.

PD: El de Metal Airsoft cobra 12€/réplica. Las lleva a Armería MOnforte, que cobra 9€/réplica, pero está en Parla. Por ahorrarme el viajecito, prefiero darle los 3€uritos al de la tienda, jejeje. Seguro que en combustible es más de 3€.
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Mensaje  James.K Mar Feb 19 2013, 13:22

Estamos esperando a una reunión con la Federación para estudiarlo detenidamente, pero gracias por la info, seguro que nos será de ayuda Smile
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Mensaje  Dreis Miér Feb 20 2013, 13:09

Habrá que hacer un viajecito a Parla ... yo he encontrado algunas facturas que ni recordaba tener, a ver si saco tiempo el mes que viene...
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Mensaje  nachoc25 Mar Mar 05 2013, 18:46

Bueno, ya tengo la primera réplica grabada. La he grabado yo, ya que donde la llevé daban pegatinas y ya NO valen. Ahora al ayto!!

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Mensaje  Dreis Mar Mar 05 2013, 18:50

nachoc25 escribió:Bueno, ya tengo la primera réplica grabada. La he grabado yo, ya que donde la llevé daban pegatinas y ya NO valen. Ahora al ayto!

Joe vaya procedimiento, osea que la armería te asigna un número y te da tan solo una maldita pegatina... y luego tú tienes que llevarla a grabar a otro sitio (¿a una joyería o dónde?) ??
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Mensaje  nachoc25 Mar Mar 05 2013, 21:20

No, la armeria te lo graba directamente. Lo que pasa es que yo lo llevé a través de una tienda de airsoft, y la armería le daba las pegatinas. Si vas directamente a la armería si te lo graban.

Yo lo he grabado en el trabajo porque el de la tienda quería cobrarme 5€ más por grabarlo con láser. Acaban de comprar la máquina y tienen que amortizarla.....
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